Exceso de potencia: qué es y cuándo se aplica la penalización en la factura de la luz
agosto 12, 2026El exceso de potencia es la situación que se produce cuando una instalación eléctrica demanda, en un momento determinado, más potencia de la que su titular tiene contratada.
Si la instalación cuenta con maxímetro —un equipo de medida que registra la potencia demandada y permite calcular los excesos sin interrumpir el suministro—, la actividad puede continuar, aunque la distribuidora puede aplicar un cargo adicional en la factura conocido habitualmente como penalización por exceso de potencia.
Cuando el suministro dispone únicamente de un interruptor de control de potencia (ICP) —un dispositivo que controla que no se supere la potencia contratada y que puede interrumpir el suministro cuando se rebasa—, lo habitual es que se produzca un corte automático, sin cargo económico adicional por exceso de potencia.
¿Por qué se produce una penalización por exceso de potencia?
Como hemos visto, básicamente existen dos formas de controlar la potencia demandada:
- ICP: cuando una instalación con ICP supera la potencia contratada —por ejemplo, al conectar demasiados aparatos a la vez—, el dispositivo puede interrumpir el suministro automáticamente. Para recuperar la luz, normalmente hay que desconectar algunos aparatos y rearmar el dispositivo o seguir las instrucciones del contador digital.
- Maxímetro: las instalaciones con maxímetro, en cambio, pueden seguir funcionando, aunque se rebase el límite, porque la propia actividad —hospitales, industrias, explotaciones agrícolas, grandes superficies u otras instalaciones que no pueden interrumpirse— hace recomendable mantener el suministro. Pero esa continuidad puede tener un coste: la normativa prevé un cargo económico cuando la potencia demandada supera la contratada, de acuerdo con el tipo de punto de medida y el método de facturación aplicable. El objetivo de este sistema es desincentivar que los consumidores demanden de forma sistemática más potencia de la que tienen contratada y reflejar mejor el uso de la red.
Únicamente los suministros que pueden mantener el servicio cuando se supera la potencia contratada son susceptibles de tener un cargo económico por exceso mediante maxímetro. En cambio, los consumidores con un ICP que interrumpe el suministro no tienen normalmente un cargo económico por exceso.
Estas son las principales tarifas y situaciones en las que puede existir facturación por exceso de potencia:
- Tarifa 2.0TD: suele estar destinada a viviendas, autónomos que trabajan desde casa o actividades con baja demanda energética, y comprende potencias inferiores o iguales a 15 kW en todos los periodos. La mayoría de estas instalaciones cuenta con ICP. Algunos suministros que no pueden interrumpirse pueden disponer de maxímetro, de acuerdo con las condiciones aplicables. Ejemplos: determinados domicilios donde vive una persona que necesita soporte vital, instalaciones esenciales o comunidades de propietarios con ascensor.
- Tarifa 3.0TD: suele estar destinada a pymes y actividades con una demanda eléctrica elevada, como talleres, comercios, restaurantes o explotaciones agrícolas. Se aplica a suministros conectados en baja tensión con potencia contratada superior a 15 kW en alguno de los seis periodos horarios.
- Tarifas 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD: se aplican a suministros conectados a niveles de tensión superiores a 1 kV, con distintos tramos según el nivel de tensión. Son habituales en industrias, grandes superficies y otras instalaciones de elevada demanda.
Las tarifas 3.0TD y 6.XTD se caracterizan por ofrecer seis periodos tanto para el consumo como para la potencia. La clasificación exacta del punto de medida y el método de cálculo dependen también de las características técnicas del suministro, no solo de la potencia contratada.
¿Cómo se calcula la penalización por exceso de potencia?
Hemos visto que la penalización por exceso de potencia se produce cuando la potencia demandada supera la potencia contratada. Desde la entrada en vigor de la Circular 1/2025 de la CNMC, aplicable a la facturación por potencia demandada desde el 1 de abril de 2025, el cálculo ya no debe explicarse mediante la antigua banda del 85 %-105 % ni mediante la idea de que se cobra el doble de la diferencia.
El método exacto de facturación varía según el tipo de punto de medida:
- Puntos de medida tipos 1, 2 y 3 —habituales en suministros de mayor tamaño o conectados a niveles de tensión superiores—: la clasificación concreta depende de la potencia contratada, el nivel de tensión y la energía intercambiada. En estos puntos, la facturación por excesos se obtiene a partir de mediciones cuarto-horarias y se aplica la fórmula específica y los coeficientes regulados para esta modalidad.
- Puntos de medida tipo 4 —habituales en muchos suministros de más de 15 kW y hasta 50 kW—: se registra la potencia máxima demandada en cada periodo tarifario y se compara con la potencia contratada en ese mismo periodo. Si la demandada supera la contratada, se aplica el término regulado de exceso correspondiente, expresado en €/kW y día.
- Puntos de medida tipo 5 —habituales en suministros de hasta 15 kW—: normalmente cuentan con un ICP o con el elemento de corte del contador, de modo que superar la potencia contratada puede provocar la interrupción del suministro. Cuando se trata de un suministro que no puede interrumpirse, puede utilizarse un maxímetro y aplicarse facturación por exceso.
Este precio del exceso es un coste regulado que la CNMC actualiza mediante resoluciones publicadas en el BOE y que varía según el peaje y, en su caso, el periodo horario. La Circular 1/2025 revisó esta metodología para ajustarla a la demanda real: según las estimaciones de la CNMC, el cambio podía reducir la facturación media por excesos aproximadamente un 74 % en la 3.0TD y un 67 % en la 6.1TD. Estas cifras son estimaciones medias y no constituyen una reducción garantizada para todos los suministros.
La misma Circular establece que el término resultante se incrementará en un 20 % para desincentivar la contratación de potencias inferiores a las realmente demandadas.
Cálculo según la potencia contratada
En los puntos de suministro con potencia contratada superior a 15 kW, la potencia se organiza normalmente en seis periodos tarifarios. El equipo de medida y el método de cálculo dependen del tipo de punto de medida.
En los puntos de medida tipo 4, se registra la potencia máxima demandada en cada periodo tarifario. De esos valores, se compara el correspondiente a cada periodo con la potencia contratada para ese mismo periodo y, si procede, se aplica el cargo regulado por exceso.
En los suministros con puntos de medida tipos 1, 2 y 3, el cálculo es diferente: los excesos se registran por separado en cada cuarto de hora y se aplica la fórmula específica prevista para estos puntos de medida.
Cálculo cuando actúa el interruptor de control de potencia
En las instalaciones de hasta 15 kW que disponen de ICP —la mayoría de los hogares y pequeños negocios— no existe normalmente un cargo económico por exceso de potencia.
Cuando la demanda supera el límite contratado, el ICP o el elemento de corte del contador puede interrumpir el suministro. Para recuperar la electricidad, hay que reducir la potencia utilizada y rearmar el dispositivo o seguir las instrucciones del contador digital.
Las interrupciones repetidas pueden resultar molestas y afectar al funcionamiento de determinados equipos, especialmente si no cuentan con sistemas de protección o alimentación de respaldo. Si el ICP se desconecta con frecuencia, conviene revisar simultáneamente la potencia contratada y la forma en que se utilizan los equipos.
¿Cómo identificar un exceso de potencia en la factura?
La factura suele incluir un apartado dedicado al término de potencia. Según la tarifa y el tipo de suministro, puede mostrar la potencia contratada en cada periodo, la potencia demandada y, cuando corresponda, una línea adicional con conceptos como «exceso de potencia» o «facturación por excesos».
Si el suministro cuenta con maxímetro, conviene comparar la potencia demandada con la contratada en cada periodo tarifario. Si aparece un cargo por exceso, debe revisarse el periodo en el que se produjo, la potencia registrada y el término económico aplicado.
Revisar periódicamente esta información ayuda a detectar si la potencia contratada se ha quedado corta para la actividad o si, por el contrario, se está pagando por una potencia que apenas se utiliza.
¿Cómo evitar cargos por exceso de potencia?
Para reducir el riesgo de excesos, es recomendable gestionar la demanda eléctrica de forma eficiente:
- Revisa periódicamente las necesidades energéticas de tu actividad y compara la potencia contratada con la potencia realmente demandada.
- Analiza la curva de demanda y localiza los días, horarios y equipos que originan los mayores picos.
- Evita, cuando sea posible, el arranque simultáneo de equipos de elevada potencia, como sistemas de climatización, hornos o maquinaria industrial.
- Programa los arranques de determinados equipos de forma escalonada.
- Instala sistemas digitales de monitorización y control que permitan identificar los picos de demanda y actuar antes de que se produzcan excesos.
- Si la actividad lo permite, programa algunos consumos en periodos con menores costes regulados, comprobando siempre que el cambio no genere nuevos excesos ni incremente el consumo total.
- Ponte en contacto con nosotros y nuestros gestores especializados comprobarán si la potencia que tienes contratada es la que mejor se adecúa a las necesidades de tu empresa.
¿Cuándo conviene aumentar o reducir la potencia contratada?
Puede ser conveniente plantearse un aumento de potencia cuando el ICP interrumpe el suministro con frecuencia o cuando el maxímetro registra excesos recurrentes. Antes de solicitarlo, conviene comparar el coste de aumentar la potencia con el importe de los cargos por exceso y analizar si los picos pueden evitarse mediante una mejor programación de los equipos.
Por el contrario, si la potencia demandada se sitúa sistemáticamente muy por debajo de la contratada, puede ser interesante estudiar una reducción. De este modo, se puede dejar de pagar por una potencia que la actividad no necesita, siempre que la reducción no provoque interrupciones ni nuevos excesos.
Las condiciones, costes y frecuencia de los cambios de potencia dependen del tipo de suministro, la distribuidora, la normativa aplicable y de si se solicita un aumento, una reducción o un cambio de estructura tarifaria. Por eso, conviene analizar los datos de consumo antes de tomar una decisión.
Tu aliado energético
Entender qué es el exceso de potencia y cómo se calcula es el primer paso para gestionar mejor la factura eléctrica, tanto si tienes una potencia insuficiente como si llevas tiempo pagando por una potencia que tu negocio no necesita.
En Axpo, luz y gas para negocios, tienes a tu disposición un equipo de más de 650 profesionales especializados en analizar el consumo eléctrico de pymes y autónomos y buscar las soluciones que mejor se ajustan a cada actividad.
¿Quieres comprobar si la potencia contratada se ajusta a las necesidades de tu negocio? Llámanos o escríbenos.
Otros artículos

Instalación monofásica o trifásica: ¿cuál elegir para tu negocio?
Al poner en marcha o ampliar un negocio, una de las decisiones técnicas que con más frecuencia se pasa por alto es el tipo de instalación eléctrica que necesita el...

¿Cómo ahorrar en la factura de la luz?
Hay diferentes maneras por las que puedes reducir la factura de la luz de tu negocio de forma inmediata. Soluciones como optimizar la potencia contratada mediante un estudio de picos...

¿Qué es el mercado mayorista de electricidad y cómo funciona?
El mercado mayorista de la electricidad, llamado también pool eléctrico, es el lugar donde las comercializadoras adquieren, a través de subastas, la electricidad de los grandes agentes productores para venderla,...

