El Bono Social es una medida regulada por el Gobierno de España para proteger a los hogares más vulnerables. Consiste en un descuento en la factura de la luz, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
¿Quién puede solicitar el Bono Social?
Para beneficiarte del Bono Social debes:
- Ser titular de un contrato con una comercializadora de referencia (COR) a Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Este precio solo se aplica a personas físicas o microempresas con una tensión igual o inferior a 1 kV y una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
- Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta para ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Ten en cuenta que los descuentos se aplican hasta un determinado límite de consumo, que varía según el número de personas de la unidad de convivencia.
¿Qué descuentos se aplican?
Los descuentos dependen del grado de vulnerabilidad del consumidor:
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Consumidores vulnerables:
- Descuento del 35 %.
- Excepcionalmente, será del 50 % hasta el 30 de junio de 2025 y del 42,5 % hasta el 31 de diciembre de 2025.
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Consumidores vulnerables severos:
- Descuento del 50 %.
- Excepcionalmente, será del 65 % hasta el 30 de junio de 2025 y del 57,5 % hasta el 31 de diciembre de 2025.
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Consumidores en riesgo de exclusión social:
- No tendrán que pagar la factura eléctrica.
Además, si recibes el Bono Social de Electricidad, accedes automáticamente al Bono Social Térmico, una ayuda directa para cubrir gastos de calefacción, agua caliente y cocina.
¿Cómo solicitar el Bono Social?
Sigue estos pasos:
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Reúne la documentación necesaria:
- Formulario de solicitud (firmado por todos los miembros de la unidad de convivencia).
- Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia o certificados que acrediten la relación de filiación y parentesco de las personas que conforman la unidad de convivencia.
- Documentos que justifiquen situaciones especiales (familia numerosa, discapacidad, violencia de género, etc.)…
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Envía la solicitud:
- Puedes remitirla a una de las comercializadoras de referencia por correo electrónico, postal, fax o a través de su página web. Aquí tienes el listado: https://sede.cnmc.gob.es/listado/censo/10
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Espera la respuesta:
- La COR dispone de 5 días hábiles para registrar tu solicitud en la aplicación telemática.
- La aplicación telemática tiene otros 5 días hábiles para realizar las comprobaciones necesarias consultando las bases de datos correspondientes y comunicar el resultado.
Toda la información oficial y actualizada está disponible en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
https://www.miteco.gob.es/es/energia/energia-electrica/bono-social.html