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Derechos de acometida

Realizar un nuevo alta de luz o aumentar la potencia contratada son trámites habituales para todo empresario que devengan los llamados derechos de acometida. De ahí el interés de que sepas qué son y cuándo deberás abonarlos. 

¿Qué son los derechos de acometida?

Los derechos de acometida son los pagos que se abonan a la distribuidora por la realización de las actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro eléctrico o ampliar uno ya existente.

 

Estos derechos de acometida comprenden:

 

  • Los pagos por los derechos de extensión que se abonan por las instalaciones de nueva extensión de red que sean necesarias para poner en marcha el nuevo suministro o aumentar la potencia contratada (su cuantía dependerá de la tensión, el carácter aéreo o subterráneo de la acometida y la potencia solicitada).
  • Los pagos por los derechos de acceso, que son la contraprestación económica a pagar por incorporarse a la red eléctrica. Aunque estos y los anteriores son facturados por la comercializadora tienen como destinatario final a la distribuidora. 

 

Los derechos de acometida están regulados en el Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica, y su importe es fijo y viene determinado por el Ministerio de Industria y Turismo. 

¿Cuándo tienen que abonarse?

Los derechos de acometida deben abonarse en diferentes situaciones:

 

  • Al dar de alta un nuevo suministro eléctrico.
  • Para reactivar un punto de suministro de baja durante un determinado periodo de tiempo.
  • Cuando se necesita aumentar la potencia contratada.

 

En estos tres casos, junto con los derechos de acometida, habrá que realizar pagos por los derechos de enganche, un nombre muy gráfico que hace referencia a la operación de acoplar la instalación de tu vivienda o local a la red eléctrica. 

Además, en el supuesto de dar de alta la luz, el solicitante también tendrá que pagar los derechos de verificación por la revisión y comprobación de que la instalación se ajusta a las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias.

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